Según Bodino, ¿ Qué características posee la soberanía?

¿Cuáles son los elementos constitutivos de un Estado?

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El Marco Constitucional del Estado

jueves, 27 de enero de 2011


La Constitución es el instrumento mediante el cual el Estado canaliza su poder a través del Derecho. Presupone además, una organización del poder político en la institución de Estado, sin la cual ella (la Constitución) no existiría. Por lo tanto, el Estado es condición previa y objeto de la Constitución, estableciendo su fundamento jurídico y su estructura interna. Es por esto que un cambio en la Constitución, como la proclamada el 26 de Enero del 2010, no amenaza la existencia y continuidad del Estado.
Visto desde la perspectiva del Derecho Constitucional, “habrá tanto estado como se encuentre constituido en la Constitución” (Jorge Prats, pg. 513), por consecuencia el Estado Constitucional es aquel conformado por el Derecho acordado y aceptado democráticamente en el Estado Democrático, e.g. el Estado de Derecho.
El Derecho Constitucional es el estudio de la juridificación del Estado, y de su progresión a través de su sumisión al Derecho, de Estado a Estado Democrático de Derecho. En consecuencia, el Derecho Constitucional aborda el estudio del Estado desde una perspectiva funcional, observando la proyección que tiene el Estado en la Constitución. Sin embargo, se deben tener en cuenta los elementos extra jurídicos del Estado para evitar tanto el positivismo jurídico formal radical, que reduce el Estado a un sistema de normas jurídicas, y el mundo hiperreal de las doctrinas que conciben al estado como una simple relación de fuerza entre gobernantes y gobernados.
Uno de los elementos esenciales para poder entender el Estado en el Derecho Constitucional, es la historia del Estado Constitucional que no es más que la historia de un proceso de domesticación del Estado, de proscripción de la arbitrariedad y de la incorporación progresiva de los ciudadanos a la toma de decisiones.
Al Derecho Constitucional le compete, en consecuencia, el estudio del Estado en cuanto proceso de manifestación de la voluntad del Estado y sus repercusiones en los derechos de los individuos que residen o transitan por  su territorio. El Estado que interesa al Derecho Constitucional es el Estado Constitucional.
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